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¿En qué consiste el Plan de Ayuda Mutua? El Plan de Ayuda Mutua es un programa de ayuda al dominicano en el exterior que se llevará a cabo a través del Consulado General de La República Dominicana en Madrid.
El Programa estará vigente por tiempo indefinido, con la finalidad de que este tipo de ayuda permanezca en el tiempo. Este plan consiste en ofrecer el traslado del fallecido en el exterior hasta el país de origen (República Dominicana). El plan se ha elaborado con un costo mínimo con el único objetivo de que todo dominicano se pueda beneficiar del mismo. ¿Qué ofrece?
Preparación del Funeral Embalsamado Velatorio en Madrid el día antes de partir el féretro a la República Dominicana Traslado del funeral desde España hasta la ciudad establecida. Acompañamiento de un familiar a la República Dominicana
¿Quiénes pueden participar en el Plan? Las personas que cumplan los siguientes requisitos: Estar inscrito en el Consulado General de la República Dominicana en Madrid, sin importar la edad de la persona interesada ni su estatus legal en España. Disponibilidad para hacer el pago de la cuota asignada.
¿Qué debo hacer para afiliarme al Plan? Para formar parte de este plan deberá estar inscrito en el consulado dominicano en Madrid (de no estar inscrito le facilitamos el trámite), llenar un formulario de contrato con sus datos personales, un cuestionario de salud y domiciliar el recibo en el Banco. En caso de no tener cuenta bancaria, podrá ingresar la cuota en la siguiente cuenta del BBVA: 0182-2386-91-0201 52 3842. ¿Cuota a pagar? 20,00 euros anuales por cada miembro. ¿Cuál es el deber de cada afiliado? Con este programa, hacemos más fácil su momento más difícil |
¿Qué Sucede en caso de no pertenecer al Plan? No disfrutará de los servicios que le ofrecemos. En dicho caso, deberá comunicarse con el consulado dominicano en Madrid, quienes le orientarán sobre su situación sin ningún tipo de compromiso.
Si por cualquier motivo la persona dejara de pagar el plan, se le dará un margen de 30 días para efectuar dicho pago. De lo contrario quedará automáticamente fuera del plan.
Observaciones El afiliado no recibirá cobertura del Seguro cuando la muerte sucediere bajo alguna de las siguientes condiciones: Por hechos voluntariamente, causados por el asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte del mismo.
Por dolencias o enfermedades crónicas preexistentes, así como sus consecuencias, padecidas por el asegurado con anterioridad a la contratación de la póliza.
Muerte por suicidio.
Muerte como causa directa por la ingestión de alcohol, psicotrópicos, alucinógenos, o cualquier droga o sustancia de similares características.
El Consulado General de la República Dominicana en Madrid, hace un aporte mensual para la iniciación del proyecto mientras no se modifique la ley que rigen los consulados. | |