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Certificado para excepción Fiscal en la Aduana de la República Dominicana (Leyes 167 y 14/93) |
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DESCRIPCION La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles. El Certificado de Leyes 167 y 14/93 es una constancia que da el Consulado Dominicano donde se especifica las concesiones aduanales a favor de los dominicanos en el exterior que prevén dichas leyes, cuando los dominicanos residentes en el exterior han tomado la decisión de retornar a la República Dominicana. Estas leyes estipulan favores y beneficios de excepciones aduanales para la entrada de enseres del hogar y vehículo con características definida en la Ley. Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Leyes 167 y 14/93 en el Consulado General de la República Dominicana en Madrid, España. REQUISITOS - Documento dominicano (Cédula de Identidad y Electoral, Pasaporte, Acta de Nacimiento),
Demostrar que tienen más de dos años viviendo fuera del país (Certificado de Empadronamiento de España). Lista de enseres que desea trasladar a la República Dominicana.
TIEMPO DE OBTENCIÓN Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal. PRECIO El importe es de: 25,00 EUR Nota: El abono del importe deberá realizarse en la siguiente cuenta: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) Cuenta No: 0182 2386 94 0200 01 6280
OBSERVACIONES Si el ciudadano pretende llevar vehículo de motor, debe aportar la factura de compra del vehículo o de matrícula debidamente legalizada por el Ministerio de Exteriores de España o por la Cámara de Comercio de Madrid. El ciudadano debe especificar la residencia actual y la fecha en la que salió de la República Dominicana. |